Pasos para salir de Dicom

Una vez que estamos en Dicom dejamos de poder optar a diferentes posibilidades financieras ya que los bancos se van a negar a concedernos un crédito o una entidad puede consultar en estado de nuestras deudas. Gracias a las modificaciones de la Nueva Ley de Dicom, no puede ver estos datos cualquier empresa o persona que pague por conocer nuestra situación económica; sin embargo, el hecho de que un banco sí que pueda ver si tenemos deudas pendientes nos perjudica del mismo modo. A continuación, informamos de los pasos que se deben seguir para salir de Dicom y vamos a resolver las dudas más frecuentes que se plantean los consumidores.

Saber si estoy en Dicom. Muchas personas se sorprenden cuando se enteran de que estaban en la lista Dicom, porque no siempre somos conscientes de las deudas registradas en este documento. Lo más recomendable, es que consultemos directamente con la empresa que creemos que hemos contraído la deuda y ésta se supone que debe ofrecernos este dato de forma totalmente gratuita. ¿Por qué directamente con la empresa? Porque ésta debe especificar si los datos de nuestra deuda los han transmitido al Boletín Comercial o directamente al Dicom.

¿Dicom o Boletín Comercial? Si nos han insertado en el Dicom, nuestros datos aparecerán como morosos en tiendas o establecimientos comerciales que tienen relación con la empresa que nos ha metido. En cambio, en el Boletín Comercial aparece los pagarés, cheques, letras o cuotas morosas derivadas de entidades financieras y bancos. En cualquier caso, las deudas contraídas por los servicios básicos de una vivienda como el gas, la luz, el agua o el teléfono nunca aparecerán en Dicom.

¿Tengo que pagar un ‘extra’ a Dicom? Queremos salir de Dicom, ¿qué debemos hacer? Pagar la deuda. Pero la duda que tienen muchos consumidores es si además de sto se debe hacer un pago extra a Dicom por hacer que nos saquen de la lista una vez hemos solventado nuestra deuda. La respuesta es no; uno paga su deuda y de forma paralela se le saca del listado de morosos. El problema es que si la deuda está registrada en el Boletín Comercial, aquí sí que se debe pagar además los gastos que se han generado para aclarar la situación de que una persona ya no es morosa.

¿Hay que hacer algún trámite? Una vez la deuda quede pagada, se considera que está solventada y no se requiere hacer ningún trámite añadido. La empresa con la que se contrajo la deuda debe ser la encargada de comunicar la actual situación y decir que el pago se ha efectuado correctamente.

¿Y si estoy en Dicom por error? Si estás en la lista de morosos de Dicom y está totalmente seguro de que ha sido un error, se puede pedir una indemnización por daños ante un tribunal. Si la ha pagado y sigue saliendo o nunca llegó a contraer una deuda y aparece, pueden sancionar a la empresa que ha ofrecido esos datos erróneos y además la persona afectada puede corresponderle la indemnización que considere oportuno un juez.

Si la estoy pagando, ¿sigo apareciendo? No; cuando alguien pide una repactación de la deuda contraída y la está pagando periódicamente, la empresa debe sacar sus datos de la lista de morosos. Por otra parte, las acciones judiciales de cobranza deben detenerse inmediatamente ya que esta situación ha sido establecida por los Tribunales y es un proceso que se debe cumplir por todas las empresas.